ALCALDESA DE #PENIPE SE DESPIDE DE SUS FUNCIONES
El jueves 18 de abril de 2019 la Alcaldesa de Penipe, Demetria Velasteguí realizó la audiencia de rendición de cuentas de sus actividades ejecutadas dentro de sus competencias en el año 2018.
Velasteguí sucedió en el cargo ante la muerte del ex alcalde, Robin Velasteguí casi a mitad de periodo.
Se conoce de varias obras ejecutadas durante su administración, pero la falta de un adecuado manejo de comunicación institucional impidió conocer cuántos proyectos se ejecutaron y su inversión presupuestaria.
#PRESIDENTE_MORENO MANTUVO UNA REUNIÓN DE TRABAJO CON LOS #PREFECTOS ELECTOS DEL ECUADOR
La mañana del martes 23 de abril en el palacio de Carondelet, el presidente Lenin Moreno y los prefectos electos del país mantuvieron el primer acercamiento.
La reunión sirvió para propiciar un acercamiento político con las nuevas autoridades y para escuchar sus planteamientos al gabinete de ministros.
Señoras y señores prefectos electos, mis compatriotas votaron por ustedes y en #ElGobiernoDeTodos respetamos esa voluntad popular. Sepan que cuentan siempre y en todo momento con este gobierno para realizar su gestión. ¡Si a ustedes les va bien, a todos nos va bien! Trabajemos juntos en temas urgentes como la gobernabilidad, la seguridad, el ordenamiento territorial y el manejo de riesgos. ¡Sin banderas políticas! ¡Sin exclusiones, ni prejuicios! ¡Es una invitación para todos, sin excepción alguna!, dijo moreno en parte de su intervención.
PLAN DE TRABAJO DE LOS CONCEJALES ELECTOS DE #RIOBAMBAPOR EL CÓDIGO DE LA UNIDAD: #NATHALIA_URGILÉZ Y #SILVIO_ÁLVAREZ
El plan de trabajo muy general se detalla en casi el 80% el diagnóstico del cantón Riobamba. En la planificación plurianual se describe de manera superficial las actividades de legislación, fiscalización y rendición de cuentas. No se cita los nombres de los proyectos de ordenanzas que se presentarán.
EL PLAN DE TRABAJO DE LA CONCEJAL ELECTA DE #RIOBAMBA POR PACHAKUTIK, #MARTHA_SIMBAÑA
El plan presentado ante el CNE tiene apenas 11 páginas. El 80% se dedica al diagnóstico del cantón Riobamba. En el capítulo I se habla muy generalmente del plan de trabajo sin citar objetivos general, específicos y describir el plan plurianual:
EL PLAN DE TRABAJO DE LOS 3 #CONCEJALES ELECTOS DE #RIOBAMBA POR #CAMBIO_62: #PATRICIO_GUARANGA, #PATRICIO_CORRAL, Y #JORGE_MOROCHO
Un plan muy general que tiene el objetivo general de mejorar la calidad de vida, con iguales oportunidades para todas las personas, garantizando los derechos de la naturaleza para las actuales y futuras generaciones, consolidando la sostenibilidad del sistema económico, social y solidario, impulsando la productividad y competitividad para el crecimiento económicos sostenible y desarrollando capacidades productivas para lograr la soberanía alimentaria.
En el plan no consta proyectos de ordenanzas específicos. .
CADENA AGRADECIÓ A 9 DE 11 CONCEJALES POR HACER MAYORÍA EN EL CONCEJO PARA APOYAR SU GESTIÓN EN EL PRIMER PERIODO CUMPLIDO
“…Yo les quiero agradecer estimados compañeros y compañeras, porque sin duda alguna estos 5 años han marcado una posición de ustedes, no con referencia a un alcalde o a una persona, si no en función de los intereses de su cantón. Esto ha permitido que podamos hacer un gran trabajo porque hemos logrado transformar a nuestra ciudad, transformar a nuestra parroquia, gracias a ese entendimiento que una vez siendo parte de este cuerpo colegiado ya no hay banderas políticas, el único color de la bañera y de nuestro corazón es el rojo y el azul. Ese fue el compromiso que se hizo en mayo de 2014, ustedes son testigos que no anduvimos formando mayorías y dejando a alguien en minoría, por el contrario andábamos buscando propuestas coherentes y frente a una propuesta coherente quién se puede oponer al desarrollo del cantón, y para eso no se necesitan de las componendas políticas y para eso simplemente hace falta ponerse la camiseta de esta ciudad y cantón y decidir firmemente por el desarrollo de este cantón. Estimado Fernando Barreno, Fernando Nuñez, Marcelo Carrazco, Marcelo Garcia, Orlando Chafla, Normita Pesantez, Evaristo Torres, Marthita Simbaña, Rodrigo Montero; Dios les pague y la ciudadanía les recordará por haber sido personas que decidieron en función de nuestro querido cantón. Y en un ejercicio democrático a quienes no respaldaron o no creyeron en nuestra gestión (Juan Pablo Cruz y Fabián Huilcarema) también les agradecemos porque eso es democracia….”, dijo en parte de su discurso el actual alcalde de Riobamba, Napoleón Cadena en la sesión conmemorativa del 21 de abril
LA #UNIDAD_DE_LOS_RIOBAMBEÑOS se logrará con TOLERANCIA, REALIZANDO CAMBIOS PROFUNDOS, propiciando DIÁLOGOS PERMANENTES y SINCEROS con TODOS LOS SECTORES, y ejecutando una nueva ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL EFICIENTE, HONESTA Y TRANSPARENTE
#PRESIDENTA DE LA #ASAMBLEA_NACIONAL LLAMA A LA UNIDAD DE LOS RIOBAMBEÑOS PARA ASEGURAR GOBERNABILIDAD EN EL CANTÓN
Elizabeth Cabezas, presidenta de la Asamblea Nacional del Ecuador intervino casi al final en la sesión conmemorativa de Concejo Municipal de Riobamba para llamar a las y los riobambeños a la unidad para lograr gobernabilidad dentro del Municipio de la ciudad.
Cabezas resaltó las palabras del Alcalde Cadena, quien llamó a la unidad de los ciudadanos, y se mostró preocupada porque las elecciones 2019 deja concejos municipales atomizados por varias tendencias políticas que complicarán el trabajo de los administradores municipales.
La sesión conmemorativa se realizó la tarde del domingo 21 de abril en la auditorio de la UNACH.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE #RIOBAMBA 2014 - 2019 SE VA PRONTO DE SUS FUNCIONES CON TEMAS PENDIENTES EN LEGISLACIÓN Y FISCALIZACIÓN
El mismo que actuará hasta el 13 de mayo de 2019 con sus atribuciones previstas en la Constitución, el COOTAD, otras normativas vigentes.
Aunque en teoría el Concejo Municipal 2014 2019 deja cerca de 90 ordenanzas aprobadas, gran parte de las normativas no se han cumplido en su totalidad por la falta de seguimiento y evaluación en las comisiones pertinentes, además por vacíos no previstos de carácter técnico, burocrático y legal. Por ejemplo las que regulan el transporte urbano en buses y taxis; la regularización de asentamientos humanos, de protección de fauna urbana, de mercados, entre otras.
La falta de una agenda legislativa con visión de ciudad y cantón para los próximos 50 años provocó que no se crearan normativas para atraer el desarrollo económico, productivo e industrial del cantón Riobamba, descontaminar las fuentes hídricas, establecer el modelo de gestión institucional del GADM de Riobamba, reingeniería del orgánico funcional del Municipio, entre otras.
En temas de fiscalización el Concejo Municipal saliente no profundizó y no actuó oportunamente en 10 temas y casos que fueron denunciados por ciudadanos afectados, usuarios, gremios y colectivos sociales.
Temas que los deberá continuar conociendo, analizando y tratando el nuevo Concejo Municipal del cantón Riobamba 2019 - 2023.
EL NUEVO CONCEJO MUNICIPAL DE #RIOBAMBA DEBE CONSTRUIR ORDENANZAS CON LOS CIUDADANOS
EL CHANTAJE PUBLICITARIO DEBE ELIMINARSE EN LA NUEVA ADMINISTRACIÓN 2019 - 2023 EN LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS DE #CHIMBORAZO
"No hay publicidad si se habla mal de las autoridades", "los medios de comunicación amigos de la administración tienen privilegios", "los contrarios de la administración no deben tener espacios importantes en los medios de comunicación", "hay que cubrir todos los eventos de las autoridades y minimizar los problemas en la comunidad"; estas son algunas de las condiciones que imponen ciertas autoridades que buscan espacios de protagonismo en los medios de comunicación tradicionales (radio, prensa y Tv. y digitales, incumpliendo lo que manda la Constitución y lo que dispone la Ley de Comunicación.
Pero el chantaje publicitario es de doble vía, es decir, también hay medios de comunicación que atacan a las autoridades (linchamiento mediático) para conseguir beneficios económicos o ciertos favores a cambio.
En la sección III de la Constitución de la Comunicación e Información, en el Artículos 16. se manda: "Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen
derecho a:
1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos.
En el Artículo 18, numeral 2 se describe: las personas pueden acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información.
En la Ley de Comunicación:
Art. 13.- Principio de participación.- Las autoridades y
funcionarios públicos así como los medios públicos,
privados y comunitarios, facilitarán la participación de los
ciudadanos y ciudadanas en los procesos de la
comunicación.
Art. 95.-Inversión pública en publicidad y propaganda.-
Las entidades del sector público que contraten servicios de publicidad y propaganda en los medios de comunicación social se guiarán en función de criterios de igualdad de oportunidades con atención al objeto de la comunicación, el público objetivo, a la jurisdicción territorial de la entidad y a los niveles de audiencia y sintonía. Se garantizará que los medios de menor cobertura o tiraje, así como los domiciliados en sectores rurales, participen de la publicidad y propaganda estatal.
Las entidades del sector público elaborarán anualmente un informe de distribución del gasto en publicidad contratado en cada medio de comunicación. Este informe se publicará en la página web de cada institución.
La falta de cumplimiento de esta obligación por parte del
titular de cada institución pública se sancionará por la
Superintendencia de la Información y la Comunicación con
una multa equivalente al 35% del total de la remuneración
mensual de este funcionario, sin perjuicio de que se
publique el informe en el plazo de treinta días.
El incumplimiento del deber de publicar el informe en el
plazo de treinta días, señalado en el párrafo anterior, será
causal de destitución del titular de la institución.
¿Respetarán los principios de la comunicación las nuevas autoridades electas en Chimborazo?
Juan Pablo Cruz, Prefecto electo de Chimborazo participó en la reunión de trabajo desarrollada entre las Autoridades provinciales electas, "CONGOPE" ( Consorcio de Gobiernos Autónomos Provinciales del Ecuador) con la finalidad de entablar su primer acercamiento y conocer el estado actual de las finanzas en cada uno de los gobiernos provinciales, así como la gestión y planificación en el nuevo período de administración.
¿QUIÉN DEBE REFORMAR O DEROGAR EL #CÓDIGO_URBANO?: El Concejo Municipal saliente o el Nuevo Concejo Municipal de Riobamba.
Hay preocupación en varios concejales electos porque hay demasiada diligencia de los ediles salientes por tratar de reformar la ordenanza del Código Urbano que contiene las herramientas de planificación del cantón Riobamba.
La extensa normativa trajo decepción en el sector de la inversión y construcción de la localidad por la serie de inconsistencias, vacíos técnicos y administrativos para su aplicación.
#RiobambaParaTodos
#RiobambaParaTodos
CUÁLES SON LAS #ATRIBUCIONES DEL #PREFECTO_PROVINCIALSEGÚN EL #COOTAD (CODIGO ORGANICO ORGANIZACION TERRITORIAL AUTONOMIA DESCENTRALIZACION)
Art. 50.- Atribuciones del prefecto o prefecta provincial.- Le corresponde al prefecto o prefecta provincial:
👉a) Ejercer la representación legal del gobierno autónomo descentralizado provincial. La representación judicial la ejercerá conjuntamente con el procurador síndico;
👉b) Ejercer la facultad ejecutiva del gobierno autónomo descentralizado provincial;
👉c) Convocar y presidir con voz y voto las sesiones del concejo provincial, para lo cual deberá
proponer el orden del día de manera previa. El ejecutivo tendrá voto dirimente en caso de empate en
las votaciones del órgano legislativo y de fiscalización;
👉d) Presentar al consejo provincial proyectos de ordenanza, de acuerdo a las materias que son de
competencia del gobierno autónomo descentralizado provincial;
👉e) Presentar con facultad privativa, proyectos de ordenanzas tributarias que creen, modifiquen,
exoneren o supriman tributos, en el ámbito de las competencias correspondientes a su nivel de gobierno;
👉f) Dirigir la elaboración del plan provincial de desarrollo y el de ordenamiento territorial, en concordancia con el plan nacional de desarrollo y los planes de los distintos gobiernos autónomos descentralizados, en el marco de la plurinacionalidad, interculturalidad y respeto a la diversidad, con la participación ciudadana y de otros actores de los sectores públicos y la sociedad; para lo cual
presidirá las sesiones del consejo provincial de planificación y promoverá la constitución de las
instancias de participación ciudadana establecidas en la Constitución y la ley;
👉g) Elaborar el plan operativo anual y la correspondiente proforma presupuestaria institucional conforme al plan provincial de desarrollo y de ordenamiento territorial, observando los procedimientos participativos señalados en este Código. La proforma del presupuesto institucional
deberá someterla a consideración del consejo provincial para su aprobación;
👉h) Resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a su cargo; expedir la estructura
orgánico - funcional del gobierno autónomo descentralizado provincial; nombrar y remover a los
funcionarios de dirección, procurador síndico y demás servidores públicos de libre nombramiento y
remoción del gobierno autónomo descentralizado provincial;
👉i) Distribuir los asuntos que deban pasar a las comisiones del gobierno autónomo provincial y señalar el plazo en que deben ser presentados los informes correspondientes;
👉j) Designar a sus representantes institucionales en entidades, empresas u organismos colegiados donde tenga participación el gobierno provincial; así como delegar atribuciones y deberes al viceprefecto o viceprefecta, miembros del órgano legislativo y funcionarios, dentro del ámbito de sus
competencias;
👉k) Suscribir contratos, convenios e instrumentos que comprometan al gobierno autónomo descentralizado provincial, de acuerdo con la ley. Los convenios de crédito o aquellos que comprometan el patrimonio institucional requerirán autorización del consejo provincial, en los montos y casos previstos en las ordenanzas provinciales que se dicten en la materia;
👉l) La aprobación, bajo su responsabilidad civil, penal y administrativa, de los traspasos de partidas
presupuestarias, suplementos y reducciones de crédito, en casos especiales originados en asignaciones
extraordinarias o para financiar casos de emergencia legalmente declarada, manteniendo la necesaria relación entre los programas y subprogramas para que dichos traspasos no afecten la ejecución de obras públicas ni la prestación de servicios públicos. El prefecto o la prefecta deberá informar al consejo provincial sobre dichos traspasos y las razones de los mismos;
👉m) Dictar, en caso de emergencia grave, bajo su responsabilidad y en la sesión subsiguiente,
medidas de carácter urgente y transitorio y dar cuenta de ellas al consejo en la sesión subsiguiente, si a éste hubiere correspondido adoptarlas, para su ratificación;
👉n) Coordinar un plan de seguridad ciudadana acorde con la realidad de cada provincia y en armonía
con el plan nacional de seguridad ciudadana, articulando para tal efecto el gobierno autónomo provincial, el gobierno central a través del organismo correspondiente, la ciudadanía y la Policía Nacional;
👉o) Decidir el modelo de gestión administrativa mediante el cual deben ejecutarse el plan provincial de
desarrollo y el de ordenamiento territorial;
👉p) Sugerir la conformación de comisiones ocasionales que se requieran para el funcionamiento del gobierno provincial:
👉q) Integrar y presidir la comisión de mesa:
👉r) Suscribir las actas de las sesiones del consejo y de la comisión de mesa;
👉s) Coordinar la acción provincial con las demás entidades públicas y privadas;
👉t) Resolver los reclamos administrativos que le corresponden:
👉u) Presentar al consejo y a la ciudadanía en general un informe anual escrito, para su evaluación a través del sistema de rendición de cuentas y control social, acerca de la gestión administrativa realizada, destacando el estado de los servicios y de las demás obras públicas realizadas en el año anterior, los procedimientos empleados en su ejecución los costos unitarios y totales y la forma cómo se hubieren cumplido los planes y programas aprobados por el consejo; y,
👉y) Las demás que prevea la ley.
CUÁLES SON LAS ATRIBUCIONES DE UN ALCALDE O ALCALDESA SEGÚN EL COOTAD (CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN)
Art. 60.- Atribuciones del alcalde o alcaldesa.-
Le corresponde al alcalde o alcaldesa:
a) Ejercer la representación legal del gobierno autónomo descentralizado municipal; y la representación judicial conjuntamente con el procurador síndico;
b) Ejercer de manera exclusiva la facultad ejecutiva del gobierno autónomo descentralizado
municipal;
c) Convocar y presidir con voz y voto dirimente las sesiones del concejo municipal, para lo cual
deberá proponer el orden del día de manera previa;
d) Presentar proyectos de ordenanzas al concejo municipal en el ámbito de competencias del
gobierno autónomo descentralizado municipal;
e) Presentar con facultad privativa, proyectos de ordenanzas tributarias que creen, modifiquen,
exoneren o supriman tributos, en el ámbito de las competencias correspondientes a su nivel de
gobierno;
f) Dirigir la elaboración del plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento territorial, en concordancia con el plan nacional de desarrollo y los planes de los gobiernos autónomos descentralizados, en el marco de la plurinacionalidad, interculturalidad y respeto a la diversidad, con la participación ciudadana y de otros actores del sector público y la sociedad; para lo cual presidirá las sesiones del consejo cantonal de planificación y promoverá la constitución de las instancias de participación ciudadana establecidas en la Constitución y la ley;
g) Elaborar el plan operativo anual y la correspondiente proforma presupuestaria institucional
conforme al plan cantonal de desarrollo y de ordenamiento territorial, observando los procedimientos
participativos señalados en este Código. La proforma del presupuesto institucional deberá someterla a consideración del concejo municipal para su aprobación;
h) Decidir el modelo de gestión administrativa mediante el cual deben ejecutarse el plan cantonal de
desarrollo y el de ordenamiento territorial, los planes de urbanismo y las correspondientes obras
públicas;
i) Resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a su cargo; expedir previo
conocimiento del concejo, la estructura orgánico - funcional del gobierno autónomo descentralizado
municipal; nombrar y remover a los funcionarios de dirección, procurador síndico y demás servidores
públicos de libre nombramiento y remoción del gobierno autónomo descentralizado municipal;
j) Distribuir los asuntos que deban pasar a las comisiones del gobierno autónomo municipal y señalar el plazo en que deben ser presentados los informes correspondientes;
k) Sugerir la conformación de comisiones ocasionales que se requieran para el funcionamiento del gobierno municipal;
l) Designar a sus representantes institucionales en entidades, empresas u organismos colegiados
donde tenga participación el gobierno municipal; así como delegar atribuciones y deberes al
vicealcalde o vicealcaldesa, concejalas, concejales y funcionarios, dentro del ámbito de sus competencias;
m) Presidir de manera directa o a través de su delegado o delegada el consejo cantonal para la igualdad y equidad en su respectiva jurisdicción;
n) Suscribir contratos, convenios e instrumentos que comprometan al gobierno autónomo
descentralizado municipal, de acuerdo con la ley. Los convenios de crédito o aquellos que comprometan el patrimonio institucional requerirán autorización del Concejo, en los montos y casos previstos en las ordenanzas cantonales que se dicten en la materia;
o) La aprobación, bajo su responsabilidad civil, penal y administrativa, de los traspasos de partidas
presupuestarias, suplementos y reducciones de crédito, en casos especiales originados en asignaciones extraordinarias o para financiar casos de emergencia legalmente declarada, manteniendo la necesaria relación entre los programas y subprogramas, para que dichos traspasos no afecten la ejecución de obras públicas ni la prestación de servicios públicos. El alcalde o la
alcaldesa deberá informar al concejo municipal sobre dichos traspasos y las razones de los mismos;
p) Dictar, en caso de emergencia grave, bajo su responsabilidad, medidas de carácter urgente y
transitorio y dar cuenta de ellas al concejo cuando se reúna, si a éste hubiere correspondido adoptarlas, para su ratificación;
q) Coordinar con la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia
de seguridad, la formulación y ejecución de políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre
prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana;
r) Conceder permisos para juegos, diversiones y espectáculos públicos, en las parroquias urbanas
de su circunscripción, de acuerdo con las prescripciones de las leyes y ordenanzas sobre la materia.
Cuando los espectáculos públicos tengan lugar en las parroquias rurales, se coordinará con el
gobierno autónomo descentralizado parroquial rural respectivo;
s) Organización y empleo de la policía municipal en los ámbitos de su competencia dentro del marco
de la Constitución y la ley.
t) Integrar y presidir la comisión de mesa;
u) Suscribir las actas de las sesiones del concejo y de la comisión de mesa;
v) Coordinar la acción municipal con las demás entidades públicas y privadas;
w) Dirigir y supervisar las actividades de la municipalidad, coordinando y controlando el
funcionamiento de los distintos departamentos;
x) Resolver los reclamos administrativos que le corresponden;
y) Presentar al concejo y a la ciudadanía en general, un informe anual escrito, para su evaluación a
través del sistema de rendición de cuentas y control social, acerca de la gestión - administrativa realizada, destacando el estado de los servicios y de las demás obras públicas realizadas en el año anterior, los procedimientos empleados en su ejecución, los costos unitarios y totales y la forma cómo se hubieren cumplido los planes y programas aprobados por el concejo;
z) Solicitar la colaboración de la policía nacional para el cumplimiento de sus funciones; y,
aa) Las demás que prevea la ley
¿DEBEN BAJAR EL SUELDO DE LOS DIRECTORES MUNICIPALES DE 2900 A 2500 DÓLARES, COMO GANAN LOS CONCEJALES DE #RIOBAMBA?
Esto por la crisis económica del sector público, por equidad administrativa, para generar eficiencia y por que su trabajo no convenció a la mayoría de riobambeños en la administración municipal 2014 - 2019.
REUNIÓN DE TRABAJO ENTRE LA GOBERNACIÓN DE #CHIMBORAZOY LOS ALCALDES ELECTOS (Boletín de prensa)
En las instalaciones del Quindeloma Hotel en Riobamba, se llevó a cabo un primer acercamiento entre el Ejecutivo de la provincia y los señores alcaldes y alcaldesas electos de los diez cantones de Chimborazo:
- #Rodrigo_Rea, alcalde electo de #Alausí.
- #Lourdes_Mancero, alcaldesa electa de #Penipe.
- #Delfín_Quishpe, alcalde electo de #Guamote
- #Eliana_Medina, alcaldesa de #Cumandá.
- #Walter_Narváez, alcalde electo de #Chunchi
- #Raúl_Cabrera, alcalde electo de #Guano
- #Simón_Bolívar_Gualán, alcalde electo de #Colta
- #Napoleón_Cadena, alcalde de #Riobamba.
Esta reunión de trabajo, convocada por Luisa Loza, gobernadora de la provincia, ratifica el compromiso de trabajo y el total apoyo del Gobierno Central, a la gestión de las nuevas autoridades electas.
“Para quienes hacemos la gobernación de Chimborazo, nos complace de sobremanera tener este primer acercamiento con ustedes, queridas amigas y amigos. Somos una institución de puertas abiertas, amigable, transparente, con estricto respeto a los derechos humanos y con la predisposición de trabajar junto a ustedes en las actividades que sean necesarias y cuando ustedes lo requieran”, manifestó Luisa Loza.
El Ab. Ángel Armijos, director de la Secretaría Nacional de Gestión de la Política, señaló que para el Gobierno Nacional es de suma importancia que los Gobiernos Autónomos Descentralizados, entiendan las necesidades de la ciudadanía. Además recalcó que pueden encontrar en el gobierno un aliado para generar acciones de trabajo conjunto para solucionar problemas en territorio.
Napoleón Cadena, Alcalde de Riobamba, agradeció a la primera autoridad y al Gobierno Nacional por la predisposición de trabajar junto a los municipios.
Para finalizar esta jornada de trabajo el Dr. Ramiro Pontón, jefe Político del cantón Riobamba, dijo que es un honor formar parte de esta mesa de trabajo y puso a las órdenes al equipo humano provincial para trabajar de forma articulada en la búsqueda de respuestas y soluciones a las necesidades identificadas en cada cantón.
“Este ejercicio democrático hace que nos vayamos conociendo, ponemos para ustedes, un gran equipo humano en cada de los ministerios para trabajar en armonía, dentro de sus responsabilidades y competencias”. Expresó Ramiro Pontón.
Fuente: Gobernación de Chimborazo
LOS CIUDADANOS TENEMOS DERECHO A PRESENTAR #PROYECTOS, #REVOCAR EL MANDATO A LAS AUTORIDADES ELEGIDAS Y #FISCALIZAR LOS ACTOS DEL PODER PÚBLICO
Constitución Política del Ecuador: Capítulo V, Art. 61.-Derechos de participación:
Fuente: https://www.oas.org/juridico/mla/sp/ecu/sp_ecu-int-text-const.pdf
¿SABES QUÉ ESTÁN HACIENDO LOS #ASAMBLEÍSTAS DE #CHIMBORAZO POR EL DESARROLLO DE #RIOBAMBA Y LA PROVINCIA?
Cuánto conocen los riobambeños y los chimboracenses de lo que hacen o no sus representantes en la Asamblea Nacional.
Cuántas acciones legislativas y de fiscalización realizaron en bien del país y la provincia en cerca de 3 años de funciones.
CONSTITUCIÓN: Art. 120.- La Asamblea Nacional tendrá las siguientes atribuciones y deberes, además de las que determine la ley:
1. Posesionar a la Presidenta o Presidente y a la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República proclamados electos por el Consejo
Nacional Electoral. La posesión tendrá lugar el veinticuatro de mayo del año de su elección.
2. Declarar la incapacidad física o mental inhabilitante para ejercer el cargo de Presidenta o Presidente de la República y resolver el cese de sus funciones de acuerdo con lo previsto en la Constitución.
3. Elegir a la Vicepresidenta o Vicepresidente, en caso de su falta definitiva, de una terna propuesta por la Presidenta o Presidente de la República.
4. Conocer los informes anuales que debe presentar la Presidenta o Presidente de la República y pronunciarte al respecto.
7. Crear, modificar o suprimir tributos mediante ley, sin menoscabo de las atribuciones conferidas a los gobiernos autónomos descentralizados.
5. Participar en el proceso de reforma constitucional.
6. Expedir, codificar, reformar y derogar las leyes, e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio.
8. Aprobar o improbar los tratados internacionales en los casos que corresponda.
10. Autorizar con la votación de las dos terceras partes de sus integrantes, el enjuiciamiento penal de la Presidenta o Presidente o de la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, cuando la autoridad competente lo solicite fundadamente.
9. Fiscalizar los actos de las funciones Ejecutiva, Electoral y de Transparencia y Control Social, y los otros órganos del poder público, y requerir a las servidoras y servidores públicos las informaciones que considere necesarias.
11. Posesionar a la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Superintendencias, y a los
13. Conceder amnistías por delitos políticos e indultos por motivos humanitarios, con el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes. No se concederán por delitos cometidos contra la administración pública ni por genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidio por razones políticas o de conciencia.
miembros del Consejo Nacional Electoral, del Consejo de la Judicatura y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
12. Aprobar el Presupuesto General del Estado, en el que constará el límite del endeudamiento público, y vigilar su ejecución.
Fuente: https://www.oas.org/juridico/mla/sp/ecu/sp_ecu-int-text-const.pdf
ALCALDE SALIENTE DE #GUANO RINDIÓ CUENTAS DE SU GESTIÓN 2014 - 2019
La mañana del lunes 15 de abril se cumplió la audiencia de rendición de cuentas año fiscal 2018 de parte de Oswaldo Estrada, Alcalde de Guano. En la mese directiva le acompañaron: los ediles: Fernando Guachilema, Manuel Tenezaca y Fernando Velarde; Olga Arévalo, Vicepresidenta de la Asamblea Local Ciudadana,
¿CUÁLES SON LOS PRIMEROS RETOS DEL NUEVO CONCEJO MUNICIPAL DE #RIOBAMBA EN MATERIA LEGISLATIVA Y DE FISCALIZACIÓN?
El nuevo Concejo Municipal tiene un reto histórico para devolverle a este cuerpo colegiado la credibilidad, representación y participación ciudadana, eficiencia, transparencia e independencia en las acciones de legislación y fiscalización.
Según la ordenanza de organización y funcionamiento del concejo municipal del gobierno autónomo descentralizado municipal del cantón Riobamba aprobada en 2015, en su artículo 5 establece las atribuciones del Concejo Municipal que entre otras constan:
a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones;
b) Regular, mediante ordenanza, la aplicación de tributos previstos en la ley a su favor;
m) Fiscalizar la gestión del alcalde o alcaldesa del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, de acuerdo al Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización…
Además en el artículo 15 establece que el Concejo Municipal conformará las comisiones encargadas de estudiar los asuntos sometidos a su consideración y de emitir informes o dictámenes que contendrán las conclusiones y recomendaciones que servirán de base para la discusión y aprobación de las decisiones del Concejo, de conformidad a lo establecido en el artículo 326 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial Autonomía y Descentralización.
En el artículo 16 describe las comisiones permanentes del Concejo Municipal: Comisión de Mesa; Planificación y Presupuesto; Obras Públicas; Igualdad y Género; Fiscalización; Turismo, Educación, Cultura, Deportes y Recreación; Legislación; Ordenamiento Territorial, Urbanismo y Vivienda; Servicios municipales y Seguridad Ciudadana; Desarrollo integral de Parroquias Rurales; Patrimonio Cultural; y Ambiente, Salubridad e Higiene. Además, la comisión especial de Movilidad Tránsito y transporte. En las cuales se realizarán las acciones de legislación y fiscalización que terminarán conociéndose en el Concejo Municipal.
El nuevo Concejo Municipal por mandato constitucional, legal, ético y moral entregado por miles de riobambeños en las urnas debe investigar las denuncias ciudadanas y realizar acciones dentro de sus competencias:
1.- Crear una agenda legislativa para determinar y priorizar las ordenanzas que la ciudad y el cantón necesiten para su desarrollo y regularización sin influencia política del ejecutivo municipal ni de grupos ni de personas interesadas.
2.- Revisar a través de la comisión de Legislación las ordenanzas aprobadas en los últimos 3 meses en las que actuaron los concejales principales y alternos por las elecciones del 24 de marzo de 2019.
3.- Reformar la ordenanza de organización y funcionamiento del concejo municipal para tener más libertad de acción e independencia del ejecutivo.
4.- Dar seguimiento a través de la comisión de Legislación del cumplimiento y aplicación de las ordenanzas y resoluciones aprobadas en los últimos 5 años.
5.- Revisión y evaluación de los convenios suscritos por el Municipio con instituciones públicas y privadas. Así como la revisión de las donaciones y comodatos.
6.- Analizar en varias sesiones de Concejo Municipal la pertinencia legal y técnica de posibles reformas o derogatoria del Código Urbano y las herramientas de planificación.
7.- Realizar acciones de fiscalización para lograr determinar legal, administrativa y técnicamente por qué no se dio cumplimiento a las ordenanzas que norma la competencia de planificación, regulación y control de tránsito, transporte terrestre y seguridad vial, además del cumplimiento de las ordenanzas que regula el mejoramiento de la calidad del servicio de transporte en buses y taxis.
8.- Crear ordenanzas para la implementación de ciclovías y se establezca políticas de seguridad vial para los peatones y usuarios del transporte público.
9.-Realizar acciones de fiscalización para conocer por qué no se implementó un Plan de Movilidad seguro, alternativo e inclusivo para todos los riobambeños en los últimos 5 años.
10.- A través de la comisión de obras públicas conocer por qué no se cumplieron varios proyectos ofrecidos por el Alcalde en el periodo 2014 – 2019 como el nuevo terminal terrestre, mercado del sur, parqueaderos, entre otros. Además dar seguimiento de acciones de fiscalización sobre la calidad de los materiales de construcción, plazos y montos para las obras ejecutadas en el periodo 2014 – 2019.
11.- Realizar acciones de fiscalización para determinar porque la dirección de gestión de Tecnología no ha podido implementar el 80% de los trámites municipales en línea.
12.- Determinar por qué no se ha podido implementar un modelo de gestión municipal eficiente y transparente para evitar a los tramitadores, demoras y posibles sobornos para los trámites.
13.- Investigar con procesos de fiscalización las denuncias ciudadanas de posibles actos de nepotismo, tráfico de influencias en los procesos de nombramientos y contratación de personal para las diferentes dependencias municipales.
14.- Evaluar a través de acciones de fiscalización el trabajo cumplido por la policía municipal y crear una ordenanza para su regulación.
15.- Dar seguimiento al proyecto de ordenanza para asumir las competencias de patrimonio cultural en sus manifestaciones materiales e inmateriales. Además dar seguimiento a través de la comisión de Patrimonio del proceso de recuperación del teatro león y otros bienes que son íconos.
16.- Dar seguimiento a los trámites, los procesos y los tiempos que se realizan el Registro de la Propiedad.
17.- Evaluar los planes, programas, proyectos, personal que interviene en la dirección de Desarrollo Social y Humano.
18.- Evaluación al trabajo de implementación de museos municipales desde la dirección de Cultura. Y por qué no da cumplimiento a la ordenanza para el fortalecimiento del deporte y la recreación.
19.- Evaluar y conocer el banco de proyectos que dispone la dirección de Planificación y Proyectos para atender y priorizar las necesidades de desarrollo local y cantonal.
20.- Evaluar el trabajo, ejecución presupuestaria y resultados obtenidos por la dirección de comunicación en los últimos 5 años.
21.- Conocer y evaluar el endeudamiento que tiene el GADM de Riobamba, en especial dar seguimiento al proyecto Maguazo – Alao.
22.- Determinar a través de la dirección correspondiente qué hizo la dirección de Ambiente, Salubridad e Higiene para sostener y mejorar el sistema de recolección de basura, y la descontaminación de los ríos de la ciudad.
23.- Analizar, evaluar y dar seguimiento para el cumplimiento de la ordenanza para la protección de la fauna urbana.
24.- Conocer y evaluar el manejo económico, administrativo y de personal de las empresas municipales: EP-EMAPAR y Mercado de Productores.
25.- Evaluar y conocer el manejo financiero, legal, administrativo y de personal del Cuerpo de Bomberos adscrito al GADM de Riobamba.
26.- Dar seguimiento a las recomendaciones realizadas en procesos de auditoría de la Contraloría General del Estado al Municipio de Riobamba.
27.- dar seguimiento a las denuncias presentadas ante la Fiscalía General. Entre otros.
LOS CARGOS PÚBLICOS NO DURAN TODA LA VIDA...
Cuanto estés ejerciendo algún cargo público o de elección popular haz honestamente tu trabajo y procura hacer amigos no contrarios..
CONOZCA EL PLAN DE TRABAJO DE LOS CONCEJALES ELECTOS DE #RIOBAMBA POR EL MOVIMIENTO #MINGA: JAIME LÓPEZ Y MARCO PORTALANZA
El plan de trabajo de los concejales electos se describe de manera muy general y está estructurado por tres componentes:
👉 PROPUESTA EN MATERIA DE ACCIÓN LEGISLATIVA
Revisión y análisis del Código Municipal vigente en el GADM de Riobamba para una propuesta de reforma, derogación o creación de una nueva normativa que se encuentre acorde a los marcos legales y la realidad cantonal.
Revisión del cuerpo normativo relacionado a la materia tributaria y tasas que se encuentran vigentes.
Impulsar proyectos de ordenanzas que permita al GADM de Riobamba ejecutar una política de manejo del centro histórico y del área patrimonial existente en el cantón.
Impulsar proyecto de ordenanza en materia de movilidad de acuerdo a las competencias otorgadas por la ley, con el fin de promover un transporte moderno, seguro y de servicio a la comunidad.
Aprobar el presupuesto cantonal en concordancia con lo que establece el Plan de Desarrollo de Ordenamiento Territorial garantizando la participación ciudadana en todos los niveles.
Generar la normativa legal que permita impulsar la creación de una zona económica dedicada al tema agroindustrial dentro de las competencias del Concejo municipal.
Proponer ordenanzas que promuevan una política de manejo de áreas verdes, recreacionales y que promuevan el desarrollo del sector turístico.
Revisar el orgánico funcional con el propósito de promover una institución más eficiente y solidaria con la comunidad.
Impulsar de forma activa iniciativas que presente el ejecutivo en materias económicas como financieras, técnicas y legales, de acuerdo a lo que establece el COOTAD y demás leyes pertinentes
👉 PROPUESTA EN MATERIA FISCALIZADORA
Vigilancia del cumplimiento de los planes de trabajo de las autoridades municipales que resultasen electas.
Asegurar la transparencia en los procesos de adjudicación en la contratación pública y manejo eficiente de los presupuestos.
Cumplimiento de las obligaciones laborales y de asignación de contratos de personal
requeridos por la institución.
Garantizar la ejecución del presupuesto programado anualmente y utilización eficiente
de los recursos de la institución.
Revisión semestral de la pertinencia en la ejecución de las obras, acciones y decisiones tomadas por parte del ejecutivo y demás funcionarios de manera que éstas se enmarquen dentro del Plan de Desarrollo y Ordenamiento territorial.
👉 RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA GESTIÓN
La rendición de cuentas será un proceso participativo, periódico, oportuno, claro y veraz, con información precisa, suficiente y con lenguaje sencillo y acorde a la legislación vigente. Se realizará cada año y su convocatoria será pública y amplia, a todos los sectores de la sociedad. El proceso de rendición contendrá al menos la siguiente información:
• Cumplimiento de políticas, planes, programas y proyectos.
• Ejecución del presupuesto institucional.
• Cumplimiento de los objetivos y el plan estratégico de la entidad.
• Procesos de contratación pública.
• Las demás que determine la ley.
¿CUÁNTOS CANDIDATOS A LA ALCALDÍA DE #RIOBAMBA NO ALCANZARON MÁS DEL 4% DE LOS VOTOS VÁLIDOS?
Luis Verdesoto, consejero del Consejo Nacional Electoral (CNE), presentó el primer borrador del proyecto de reformas al Código de la Democracia, documento que incluye varias modificaciones en el sistema electoral.
Entre los cambios propuestos se plantea eliminar la presentación de firmas para que las organizaciones políticas obtengas su personería jurídica, la restitución del gasto electoral si un candidato no alcanza el 4% de votos válidos en su jurisdicción y la sustitución del método D’Hondt para la asignación de escaños.
De igual forma se propone regular la precampaña electoral, prohibir la doble contabilidad en las organizaciones políticas y la obligatoriedad de dos debates para que la ciudadanía conozca las propuestas de los candidatos.
Para que las reformas a la normativa puedan aplicarse en las elecciones del 2021 deben ser aprobadas antes de enero del 2020, pues según la Constitución del Ecuador, se prohíbe realizar reformas legales en materia electoral un año antes de los comicios. (Fuente: La Hora)
¿CUÁNTO HICIERON Y NO HICIERON, LOS CONCEJALES ELECTOS EN 2014 POR LA CIUDAD Y EL CANTÓN #RIOBAMBA?
En las atribuciones de legislación (presentar proyectos de ordenanzas) y de fiscalización (dar seguimiento a las acciones del Alcalde).
En este mes por un mandato constitucional y legal los 11 ediles deben rendir cuentas a los mandantes en una audiencia pública.
En el 2014 los riobambeños eligieron a 11 concejales para que sean sus representantes en el Concejo Municipal de Riobamba, para que a través de acciones de legislación y de fiscalización mejoren la calidad de vida de los ciudadanos y contribuyan al desarrollo territorial:
👉Evaristo Torres: (concejal de mayoría) VICEALCALDE y presidente de la comisión de FISCALIZACIÓN.
👉 Juan Pablo Cruz (concejal de oposición) presidió las comisiones de CULTURA y de LEGISLACIÓN.
👉 Fabián Huilcarema (concejal de oposición) presidió la comisión de HIGIENE, SALUBRIDAD Y AMBIENTE.
👉Fernando Barreno: (concejal de mayoría y de la línea política del Alcalde) VICEALCALDE Presidente del COMITÉ DE FIESTAS por dos oportunidades, presidente de la comisión de TURISMO Y CULTURA.
👉Marcelo Carrazco (concejal de mayoría) presidió la comisión de ORDENAMIENTO TERRITORIAL por más de 4 años.
👉Rolando Gómez (concejal de mayoría) presidió la comisión de EQUIDAD y GÉNERO.
👉Rodrigo Montero (concejal de mayoría) presidió las comisiones de MOVILIDAD, TRÁNSITO Y TRANSPORTE; PATRIMONIO.
👉Marcelo García (concejal de mayoría) presidió por cerca de 5 años la comisión de OBRAS PÚBLICAS.
👉 Orlamdo Chafla (concejal de mayoría) presidió la comisión de SERVICIOS MUNICIPALES.
👉Martha Simbaña (concejal de mayoría) presidió la comisión de PARROQUIAS RURALES.
👉Fernando Núñez, (concejal de mayoría y de la línea del Alcalde) fue VICEALCALDE, presidente del COMITÉ DE FIESTAS, presidente de la comisión de PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO por cerca de 5 años.
¿Cuánto hicieron los concejales que los riobambeños eligieron hace más de 4 años y medio para entregar ordenanzas que mejoren la vida de los habitantes y ejecutar acciones efectivas de fiscalización?
¿CÓMO SE DISTRIBUIRÁN LAS COMISIONES ENTRE LOS 11 CONCEJALES ELECTOS DE #RIOBAMBA?
De haber acuerdos entre los 11 concejales y el Alcalde de Riobamba 5 concejales integrarán las 12 comisiones permanentes y la especial:
a) Comisión de Mesa;
b) Planificación y Presupuesto;
c) Obras Públicas;
d) Igualdad y Género;
e) Fiscalización;
f) Turismo, Educación, Cultura, Deportes y Recreación;
g) Legislación;
h) Ordenamiento Territorial, Urbanismo y Vivienda;
i) Servicios municipales y Seguridad Ciudadana;
j) Desarrollo integral de Parroquias Rurales;
k) Patrimonio Cultural; y,
l) Ambiente, Salubridad e Higiene.
m) Especial de Movilidad Tránsito y Transporte.
Las más apetecibles política y estratégicamente son: Planificación y Presupuesto; Ordenamiento Territorial, Urbanismo y Vivienda; Obras Públicas y Comisión de Mes. ¿Por qué?, según la ordenanza 010-2015 que rige en funcionamiento del Concejo Municipal y las comisiones:
Artículo 17. De la Comisión de Mesa.- Esta comisión la integran: el Alcalde o Alcaldesa, quien preside, el Vicealcalde o Vicealcaldesa y una concejala o concejal municipal designado por el Concejo. Excepcionalmente, cuando le corresponda conocer denuncias contra el Alcalde o Alcaldesa y tramitar su destitución, la presidirá el Vicealcalde o Vicealcaldesa y el concejo designará una concejala o concejal municipal para que en ese caso integre la Comisión de Mesa. Cuando se procese una denuncia o destitución del Vicealcalde o Vicealcaldesa, o del concejal miembro de la comisión de mesa, la presidirá el Alcalde o Alcaldesa y, el Concejo designará a una concejala o concejal para que en ese caso específico integre la comisión de Mesa, en reemplazo de la autoridad cuestionada.
A la Comisión de Mesa le corresponde emitir informes y procesar las denuncias y remoción del Alcalde o Alcaldesa, y de las Concejalas o Concejales, conforme al procedimiento establecido en los artículos 335 y 336 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
Artículo 18. Comisión de Planificación y Presupuesto.- La Comisión de Planificación y Presupuesto tendrá a su cargo el estudio, análisis, informe o dictamen previo al conocimiento y resolución del Concejo o resolución administrativa de la Alcaldesa o Alcalde según corresponda, referente a los instrumentos del proceso de planificación y presupuesto participativo y de la proforma presupuestaria, así como de sus reformas; y, todos aquellos temas que a criterio del Concejo, Alcaldesa o Alcalde sea necesaria su intervención.
Artículo 19. Comisión de Obras Públicas.- Tendrá a su cargo el estudio, análisis, informe o dictamen previo al conocimiento y resolución del Concejo o resolución administrativa de la Alcaldesa o Alcalde según corresponda, referente a los instrumentos correspondientes a formulación de planes, programas y proyectos de desarrollo municipal y desarrollo local, obras y servicios a ser ejecutados por el Gobierno Municipal; y, todos aquellos temas que a criterio del Concejo, Alcaldesa o Alcalde sea necesaria su intervención.
Artículo 24. Comisión de Ordenamiento Territorial, Urbanismo y Vivienda.- Tendrá a su cargo el estudio, análisis, informe o dictamen previo al conocimiento y resolución del Concejo o resolución administrativa de la Alcaldesa o Alcalde según corresponda, referente a los instrumentos sobre la formulación de políticas públicas en materia de ordenamiento territorial; la formulación de planes, programas y proyectos de ordenamiento territorial; y, todos aquellos temas que a criterio del Concejo, Alcaldesa o Alcalde sea necesaria su intervención.
¿QUIÉN SERÁ EL NUEVO #VICEALCALDE DE #RIOBAMBA?
Tradicionalmente la mayoría de Concejo Municipal aceptaba al concejal con mayor votación, sin embargo como no se ha conformado la mayoría que apoye a la actual administración municipal cualquiera de los 11 concejales podría serlo.
¿Qué dice el COOTAD sobre la designación y atribuciones del vicealcalde?
Sección Cuarta
Del Vicealcalde o Vicealcaldesa
👉Art. 61.- Vicealcalde o vicealcaldesa.- El vicealcalde o vicealcaldesa es la segunda autoridad del gobierno autónomo descentralizado municipal elegido por el concejo municipal de entre sus miembros. Su designación no implica la pérdida de la calidad de concejal o concejala. Reemplazará al alcalde o alcaldesa en caso de ausencia y en los casos expresamente previstos en la Ley.
👉Art. 62.- Atribuciones.- Son atribuciones del vicealcalde o vicealcaldesa:
a) Subrogar al alcalde o alcaldesa, en caso de ausencia temporal mayor a tres días y durante el tiempo que dure la misma. En caso de ausencia definitiva, el o la vicealcaldesa asumirá hasta terminar el período. La autoridad reemplazante recibirá la remuneración correspondiente a la primera autoridad del ejecutivo;
b) Cumplir las funciones y responsabilidades delegadas por el alcalde o alcaldesa;
c) Todas las correspondientes a su condición de concejal o concejala;
d) Los vicealcaldes o vicealcaldesas no podrán pronunciarse en su calidad de Concejales o concejalas sobre la legalidad de los actos o contratos que hayan ejecutado durante sus funciones como ejecutivos. Las resoluciones que el concejo adopte contraviniendo esta disposición, serán nulas: y,
e) Las demás que prevean la ley y las ordenanzas cantonales.
EL PLAN DE TRABAJO DEL ALCALDE ELECTO DE #CHUNCHI, #WALTER_NARVÁEZ
En el objetivo general promete impulsar programas y proyectos dirigidos a la satisfacción de las necesidades dentro de los componentes: biofísico, sociocultural, económico, asentamientos humanos, movilidad, energía, conectividad, entre otros.
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